martes, 17 de noviembre de 2015

CIUDADANÍA Y DEMOCRACIA

Ciudadanía y democracia son conceptos que tienen una estrecha relación, ya que para llevar acabo una democracia de forma correcta es necesaria la participación de los ciudadanos.



lunes, 16 de noviembre de 2015

CIUDADANÍA.

De acuerdo con la Real Academia Española, la "ciudadanía" es "cualidad y derecho de ciudadano". La ciudadanía consiste en aquella pertenencia a cierta comunidad política, es decir, denota el sentimiento de pertenencia de un sujeto a una sociedad en la que participa además de identificarse con el resto de los individuos que integran la población de dicho lugar, es espacio geográfico , costumbres, tradiciones, etcétera.

Los términos de politeísmo en griego y de societas en latín, hacen referencia de ciudadano o ciudadanía, los cuales definen aquellos que son miembros de una sociedad en términos de deberes y derechos.

Ahora bien, la ciudadanía es el vinculo que se inicia cuando se cumplen los 18 años, es decir, el sujeto tiene capacidad de ejercicio. Esta consiste en aquella posibilidad jurídica del individuo de hacer valer directamente, por si mismo, sus derechos, celebrar en nombre propio actos jurídicos, contraer y cumplir obligaciones, además de ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales. La ciudadanía consiste en la situación jurídica que nos permite participar en la vida política de nuestro país, por ejemplo, para votar o ser votados. 


En el capitulo IV de nuestra Carta Magna encontramos sustentado lo anterior: 
ARTICULO 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido 18 años.
II. Tener un modo honesto de vivir.
En el articulo 35 constitucional se indican cuales son los derechos de los ciudadanos, también conocidos como derechos políticos: Votar en las elecciones populares, Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país, Tomar las armas en el Ejercito o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes, Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición, Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio publico, teniendo las calidades que establezca la ley, Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso, Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.


Mientras que en el articulo 36° se especifican las obligaciones de los ciudadanos. La ley suprema también señala aquellos casos en los que los derechos de los ciudadanos se suspenderán: Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualesquiera de las obligaciones que impone el articulo 36, Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión, Durante la extinción de una pena corporal, Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que provengan las leyes, Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal, Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.


domingo, 15 de noviembre de 2015

DEMOCRACIA.

La palabra "Democracia" tiene origen en la palabra griega demokratia, que se compone de los términos demos, que significa "Pueblo o grupo de personas" y kratos, que quiere decir " Poder del pueblo" o "Gobierno del pueblo", es decir, la democracia es una forma de gobierno en la que es el pueblo quien tiene el poder.

Este concepto surge en la antigua Grecia y se empleaba en Arenas para designar a la forma de organización política que adoptaba la polos, es decir las ciudades-comunidad. Sin embargo los griegos solo reconocían los derechos políticos de los hombres y se descartaban los de las mujeres y los esclavos ya que estos no eran considerados como ciudadanos, pues sólo tenían un poder domestico y no político.

Según Aristoteles, la Democracia se basa en el principio de igualdad que parte de la premisa de que todos los ciudadanos puedan inmiscuirse en la organización y dirección de su país, además de que pueden participar en el destino de la sociedad a fin de alcanzar el bien común. La Democracia es una forma de gobierno donde el poder político recae en el pueblo.
NORBERTO BOBBIO DICE: Es el gobierno de muchos, de la mayoría, o de los pobres (Pero donde los pobres han tomado la supremacía es señal de que el poder pertenece al pléthos,  a la masa) en síntesis, de acuerdo con la misma composición de la palabra, del pueblo, a diferencia del gobierno de uno o de unos cuantos.


La Democracia es tan importante que se encuentra establecida en nuestra Constitución como forma de gobierno. En ella se consagran y resguardan los derechos fundamentales de los ciudadanos, se prevé la designación de las representaciones a través de elecciones y se determina la división de poderes, junto con sus alcances y limitaciones.
En nuestra Carta Magna encontramos establecida la Democracia en los artículos 39° y 40°.
Como puedes darte cuenta, la democracia esta presente en todo momento, desde un ejemplo muy complejo como en la forma en la que se elige a los representantes del poder Legislativo, al Presidente de la República, Gobernadores, Jefes de Gobierno (En el caso del Distrito Federal) o los Alcaldes, hasta uno tan sencillo como la decisión que se toma de forma grupal para celebrar algún evento en la escuela y en la que todos participen y deciden que es lo mas conveniente para la mayoría.


Existen dos tipos de Democracia:
Directa: Es una forma de gobierno en la que el pueblo participa continuamente en el ejercicio directo del poder.
Indirecta o Representativa: Aquella en la que el pueblo elige a sus representantes.
La Democracia directa fortalece y legítima la Democracia, por esta razón, en los años recientes se ha fomentado el uso de los mecanismos de Democracia participativa. Por su parte, la Democracia indirecta es aquella en la que emitimos nuestro voto para elegir a nuestros representantes.


sábado, 14 de noviembre de 2015

VALORES DE LA DEMOCRACIA.

La Democracia también involucra el respeto hacia las leyes para alcanzar el bienestar económico, social y cultural de la sociedad.
"La democracia obliga a las personas al respeto de las normas de convivencia social y desde luego a los ordenamientos jurídicos, estimando el bien común, un bien más valioso que el bien de un sólo individuo."
Para que la Democracia se lleve a cabo de forma correcta es necesario tomar en cuenta que todos los participantes no tienen la misma forma de pensar, sin embargo, debemos recordar que el fin de la Democracia es que se consiga el bienestar para la mayoría.
"La Democracia requiere, sobre todo cuando se práctica en grupos de trabajo, en la familia y en la comunidad vecinal el respeto a las otras personas, a su espacio y brindarles incluso asistencia para que animen a colaborar en la medida de sus posibilidades."
La Democracia se caracteriza por tener los valore de Libertad, Igualdad y Fraternidad.




DIVISIÓN DE PODERES: El principio de la división de poderes siempre se ha encontrado desde el surgimiento del Estado mexicano y se considera también como un elemento sustancial de la Democracia. Asimismo, es un "Mecanismo fundamental para proteger las libertades individuales que caracterizan al Estado constitucional. Si los poderes no se encuentran divididos, las libertades peligran, y sin estas no es posible hablar de la existencia de un Estado constitucional en términos modernos".


viernes, 13 de noviembre de 2015

ANTECEDENTES DE LA DIVISIÓN DE PODERES.

El principio de la división de poderes está basado en la ideología de la ilustración que limita la concentración del poder en una sola persona y a la vez establece un triple ejercicio de la soberanía. Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Tanto en la teoría como en la practica, este principio tiene su origen desde la antigüedad, pero en el mundo moderno se le atribuye a John Locke (Siglo XVII) en Ensayo sobre el gobierno civil y, apoyado en las ideas de este, Montesquieu (Siglo XVIII), en Del espíritu de las leyes, indicaba que concentrar todos los poderes en una persona daría oportunidad al abuso del poder: "Cuando en el poder legislativo y el poder ejecutivo se reúnan en la misma persona o el mismo cuerpo; no hay libertad; falta de confianza, porque puede temerse que el Monarca o Senado hagan leyes tiránicas y las ejecuten ellos mismos tiránicamente". 

No obstante, algunos autores consideran que el praxis, la idea de la división de poderes fue propuesta en El príncipe de Nicolás Maquiavelo: 

Teóricos posteriores solo han reiterado esa idea y, en el mejor de los casos, abundado o ampliado. Pero no responde totalmente a lo que es el mundo de los hechos. Falta un elemento importante: Considerar la realidad. El único que lo hizo fue Maquiavelo; El encontró que el poder se ha dividido con fines pragmáticos, muy alejados de esos puramente teóricos que expusieron Locke y Montesquieu.

Este principio también lo encontramos en la Declaración de los Derechos Humanos y el Ciudadano de 1789 (Francia):
ARTICULO 16°. Toda la sociedad en la cual la garantía de los derechos no esta asegurada ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución.


jueves, 12 de noviembre de 2015

LA DIVISIÓN DE PODERES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN.

De acuerdo con la Constitución Federal de la República, vigente desde 1917, en nuestro país la división de poderes se encuentra establecida en su articulo 49:

Articulo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. 

No podrán reunirse dos o mas de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de Unión, conforme a lo dispuesto en el articulo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del articulo 131, se otorgarán facultades extraordinarias pasa legislar.


  • PODER LEGISLATIVO
En todo sistema democrático, definido como la estructura y funcionamiento de los poderes políticos en su interacción interna y su relación con la sociedad en la que se establecen, "El Poder Legislativo se deposita en cuerpos colegiados llamados congresos, parlamentos o asambleas, integrados por representantes de la ciudadanía mediante el voto popular.
En el caso de nuestro país, como ya vimos, este poder se concentra en el Congreso de la Unión que, en términos generales, tiene tres funciones principales:
1. Representar a los ciudadanos.
2. Crear y aprobar leyes.
3.- Servir de equilibrio al Poder Ejecutivo.
Nuestra Carta Magna establece que los miembros del Poder Legislativo deberán ser elegidos mediante el voto, pero impone particularidades diferentes para la elección de cada una de las Cámaras. Pero la de diputados determina que estará integrada por 500 representantes de la nación electos (300 por mayoría relativa y 200 de representación representación proporcional); en su totalidad cada tres años. Miemtras que la Cámara de Senadores está conformada por 128 senadores, que son renovados, también en su totalidad, cada seis años en la misma fecha en que se elige al titular del Poder Ejecutivo, es decir, el Presidente de la República.
Básicamente, el Poder Legislativo tiene como facultades principales la aprobación, elaboración y modificación de las leyes. Las facultades generales del Congreso se encuentran estipuladas en el articulo 73 constitucional, con el que inicia la sesión lll del Titulo Tercero de la misma y se prolonga hasta el articulo 77. En los artículos 74 y 75 se localizan las facultades exclusivas de la Cámara de Senadores.
El proceso Legislativo busca que la representación, estudió, dictamen discusión y aprobación de las iniciativas se haga en forma independiente, separada, sucesiva, adecuada, madura y oportuna, a fin de que la ley sea justa y sin vicios de constitucionalidad; busca, además, que cuando las cámaras expresen su voluntad, lo hagan en forma libre, informada y responsable.



  • PODER EJECUTIVO
Al Poder Ejecutivo le corresponde la ejecución de las leyes y en términos generales, la administración del gobierno y es el único. Poder que está depositado, de acuerdo con lo establecido por la Constitución, en una sola persona, a diferencia del Legislativo y Judicial que están integrados por cuerpos colegiados, esto de acuerdo con lo señalado por:
ARTICULO 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
El ejercicio del Poder Ejecutivo en una sola persona, tiene un fundamento definitivo; mientras la elaboración de la ley requiere un trámite lento relativamente, mediante el cual se medite y reflexione sobre la conveniencia de determinada disposición, para lo cual se deposita en un cuerpo legislativo más o menos numeroso, su ejecución por el contrario, precisa una aplicación rápida, diligente y eficaz y para lograrla nada mejor que hacer titular de tal actividad a una sola persona, evitando con estos estorbos, contradicciones o interferencia de otra u otras.
De acuerdo con el articulo 82 constitucional, algunos de los requisitos para ocupar el cargo sen: Estar en pleno ejercicio de sus derechos, ser ciudadano mexicano por nacimiento, hijo de padre o madre mexicanos, contar con 35 años, haber residido en el país durante el año anterior al día de la elección, no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso, no estar en servicio activo, entre otras.
La elección del Presidente de la República se encuentra estipulada en el articulo 81 constitucional, la cual debe efectuarse de manera directa por el pueblo. Además se establece que el candidato que reciba la mayoría de los votos, será Presidente.
De acuerdo con el articulo 83 constitucional, el periodo presidencial tiene una duración de seis años, asimismo indica que aquel ciudadano que haya sido Presidente (Electo, Interino, Provisional o Sustituto) por ningún motivo podrá ocupar el cargo nuevamente.
De acuerdo con el articulo 89, algunas de las facultades y obligaciones del Presidente son:
-Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proyectando en la esfera administrativa a su exacta observancia.
-Nombrar y remover libremente a los secretarios de Estado, embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y remover libremente a los demás empleados de la Unión.
-Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejercito, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
-Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos.
-Designar, con ratificación del Senado, al Procurador General de la  República.
-Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado.

-Facilitar el Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.

  • PODER JUDICIAL
El Poder Judicial se ocupa de la administración de la justicia a través de la aplicación de las leyes. De acuerdo con el articulo 94 constitucional, se estipula que son depositarios del ejercicio de este Poder, los siguientes:
-SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. Es el máximo tribunal de nuestro País y se integra por 11 ministros y funciona en pleno o salas. Las sesiones del pleno o salas son públicas, es decir, cualquier persona puede acudir, salvo que las discusiones sean de interés público o la moral así lo exija, entonces serán privadas. Con base en el articulo 105 de la Constitucional, entre sus competencias encontramos: El juicio de Amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucional.
-CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. De acuerdo con el articulo 100 constitucional, este consejo funciona en pleno o en comisiones. El primero resolverá sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine. El Consejo de la Judicatura Federal tiene entre sus funciones determinar el número de circuitos en los que secciona el territorio nacional con el propósito de determinar la competencia tanto de los juzgados como de los tribunales federales. En la actualidad existen 29 circuitos.
-TRIBUNAL ELECTORAL. Es la máxima autoridad en los asuntos electorales, excepto cuando se impugnan leyes electorales, ya que estos asuntos le competen a la Suprema Corte por medio de la acción inconstitucional. Este órgano se integra por una Sala Superior (Siete magistrados) y cinco Salas Regionales (Tres magistrados).

-JUZGADOS DE DISTRITO. Están integrados por un juez, les competen y resuelven asuntos en primera instancia del ámbito federal, cuyas resoluciones son revisadas por los Tribunales Unitarios o los Tribunales Colegiados de Circuito dependiente del asunto que se aborde.


miércoles, 11 de noviembre de 2015

LIBERTAD POLÍTICA.

 La libertad, como ya estudiamos, es aquella facultad que tiene el ser humano de decidir si actúa de cierta manera o no, haciéndose responsable de dichas decisiones. Si aplicamos este termino al contexto democrático, tenemos que la libertad política consiste en que los ciudadanos pueden elegir a sus gobernantes.

Entonces tenemos que por "Libertad" se entiende que "Cada individuo goza del derecho a realizar determinadas actividades sin que nadie -Ni el gobierno, ni organización social alguna, ni algún otro individuo se o impida-. Algunos ejemplos de libertad consisten en tener la creencia religiosa que más nos convenza, elegir a que dedicarnos siempre y cuando este dentro del marco legal, votar por determinado partido, etcétera.


La libertad del sujeto consiste en "La posibilidad de elegir entre diversas alternativas sin verse sujeto a sanciones, amenazas o impedimentos; Es, por ende, una libertad frente a los demás y frente a las instituciones sociales y políticas."

Las libertades políticas fundamentales versan sobre la participación del hombre en el proceso político. Entre ellas encontramos la libertad de expresión, asociación y reunión, así como el derecho de emitir el sufragio y tener acceso a los cargos públicos.