De acuerdo con la Real Academia Española, la "ciudadanía" es "cualidad y derecho de ciudadano". La ciudadanía consiste en aquella pertenencia a cierta comunidad política, es decir, denota el sentimiento de pertenencia de un sujeto a una sociedad en la que participa además de identificarse con el resto de los individuos que integran la población de dicho lugar, es espacio geográfico , costumbres, tradiciones, etcétera.
Los términos de politeísmo en griego y de societas en latín, hacen referencia de ciudadano o ciudadanía, los cuales definen aquellos que son miembros de una sociedad en términos de deberes y derechos.
Ahora bien, la ciudadanía es el vinculo que se inicia cuando se cumplen los 18 años, es decir, el sujeto tiene capacidad de ejercicio. Esta consiste en aquella posibilidad jurídica del individuo de hacer valer directamente, por si mismo, sus derechos, celebrar en nombre propio actos jurídicos, contraer y cumplir obligaciones, además de ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales. La ciudadanía consiste en la situación jurídica que nos permite participar en la vida política de nuestro país, por ejemplo, para votar o ser votados.
En el capitulo IV de nuestra Carta Magna encontramos sustentado lo anterior:
ARTICULO 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido 18 años.
II. Tener un modo honesto de vivir.
En el articulo 35 constitucional se indican cuales son los derechos de los ciudadanos, también conocidos como derechos políticos: Votar en las elecciones populares, Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país, Tomar las armas en el Ejercito o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes, Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición, Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio publico, teniendo las calidades que establezca la ley, Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso, Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.
Mientras que en el articulo 36° se especifican las obligaciones de los ciudadanos. La ley suprema también señala aquellos casos en los que los derechos de los ciudadanos se suspenderán: Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualesquiera de las obligaciones que impone el articulo 36, Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión, Durante la extinción de una pena corporal, Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que provengan las leyes, Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal, Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.
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